En cumplimiento del artículo 6.4 de la Orden EFD/4/20, de 25 de enero, por la que se regulan los procesos electorales en las federaciones deportivas españolas, se comunica que se ha expuesto en la página web federativa, en el acceso denominado “Proceso electoral” el Censo Electoral Inicial, que incluye a quienes reúnan los requisitos para ser electores, de acuerdo con lo previsto en el artículo 6 de la Orden. Las competiciones y actividades oficiales de carácter y ámbito estatal en las que deberían haber participado los electores, figuran en el Anexo III del Reglamento Electoral de la RFEJYDA.


El censo electoral inicial quedará expuesto en la página web de la RFEJYDA en “Proceso electoral”, durante un plazo de veinte días naturales, es decir desde el día 27 hasta el 16 de abril de 2024, pudiéndose presentar ante la RFEJYDA reclamaciones de forma razonada y por escrito debidamente firmado, en el que se hará constar la identificación del declarante, un domicilio o dirección electrónica a efectos de notificación o cualquier otro método que facilite la comunicación por medios electrónicos o telemáticos.

El acceso al censo será restringido previa identificación (DNI para personas físicas y Código Club para personas jurídicas), y el tratamiento y publicación de los datos contenidos en el mismo, tendrá por exclusiva finalidad garantizar el ejercicio por los electores de su derecho de sufragio y garantizar la transparencia del proceso electoral, no siendo posible su utilización ni cesión para ninguna otra finalidad distinta de aquella, quedando prohibida cualquier información particularizada sobre los datos contenidos en el censo electoral. En todo caso será de aplicación lo previsto en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre de protección de datos personales y garantía de los derechos digitales

La Junta Directiva de la RFEJYDA será la competente para resolver las reclamaciones. Contra sus resoluciones se podrá interponer recurso ante el Tribunal Administrativo del Deporte, conforme lo recogido en el art 24 y 25 de la Orden.

Una vez resueltas las reclamaciones, se elaborará el censo electoral provisional que será publicado simultáneamente con la convocatoria de elecciones, prevista para el 6 de mayo de 2024.

CIRCULAR OFICIAL NÚMERO 40 – RFEJUDO.COM